Blogia
STOP SAP

Comunicado de Mª José Blanco Barea.

 http://quimosavic.wordpress.com/2008/10/28/comunicado-de-m%c2%aa-jose-blanco-barea/

 

Campaña de apoyo a Mª José Blanco Barea

 

Firma en línea la petición de indulto

Más información en la Plataforma de Apoyo

Actualización 10.11.2008:
Visto en heterodoxia ahorita mismo:
Aqui tienes en PDF elmundo el artículo aparecido el día 10 de noviembre en el diario EL MUNDO, titulado “La doble condena de Maria José”. Recordad por favor que quien quiera interesarse por su situación y adherirse a las distintas peticiones para su excarcelación siga las instrucciones que ella misma nos ha dado y que puedes encontrar en la web en otras noticias que hemos publicado o darte de alta en la lista de correo electronica de Heterodoxia y te informaremos.
Ante las noticias difundidas en los medios de comunicación, páginas web,etc, quiero poner de manifiesto:

1.- Que ejerzo la desobediencia civil dentro de los límites constitucionales y ello exige aceptar las condenas y cumplirlas, hasta tanto se deroguen las leyes que, por considerar injustas, se desobedecen. Por lo tanto, he ingresado en prisión porque así debe ser.

2.- Que lo que el padre biológico de mi hijo hiciere o no hiciere durante los primeros cuatro años y medio de la vida de mi hijo no es la causa ni el motivo por el que ejerzo este tipo de desobediencia civil.

3.- Que la verdad es que el tipo de desobediencia civil que ejerzo tiene su causa y motivo en los medios, modos y formas que el padre biológico de mi hijo utiliza para ejercer su derecho a la tutela judicial.

4.- Quiero que quede especialmente claro que el padre biológico de mi hijo ejerce su derecho ante jueces y tribunales libre y voluntariamente. Solicita ante los jueces y tribunales usar los medios, modos y formas que “la Ley” le permite, pero no le obliga, a utilizar.

5.- Que la ley le permite usar la doble vía, civil y penal, porque de la materia no conoce un único Juzgado.

6.- Que frente a esos medios, modos y formas ejerzo la desobediencia civil.

7.- Que he ingresado en prisión voluntariamente para cumplir las condenas que se me han impuesto.

8.- Que no he sido condenada en el orden penal a la pena accesoria de privación de la patria potestad.

9.- Que se ha otorgado provisionalmente la custodia de mi hijo a su padre biológico, según dice el Auto, “sin que esto suponga condena alguna para la Sra. Blanco”.

10.- Que la guarda y custodia se la ha otorgado el Juez civil al padre biológico por considerar que la legislación penitenciaria es un impedimento para que yo ejerza las funciones de guarda y custodia.

Esta resolución está recurrida por los cauces legales. Y, por otro lado, por los cauces legales también se está solicitando la adopción de medidas para que la legislación penitenciaria no sea un impedimento.

11.- En resumen el padre biológico de mi hijo ha optado, libre y voluntariamente, por utilizar la vía penal y la vía civil para “doblegar mi voluntad”. La ley no le obliga a hacer las cosas de este modo, pero sí se lo permite. Por eso ejerzo la desobediencia civil frente al uso que hace el padre biológico de mi hijo de las leyes que considero injustas.

Mª José Blanco Barea

0 comentarios