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El Gobierno denuncia un movimiento que niega la desigualdad de la mujer

El Gobierno denuncia un movimiento que niega la desigualdad de la mujer.


elmundo.es


Cuando el juez Francisco Serrano habló en EL MUNDO de denuncias falsas se sumó a otras voces que han dicho lo mismo en los últimos años. ...


Rafael J. Álvarez | Madrid


Actualizado viernes 25/12/2009 19:58 horasDisminuye el tamaño del texto Aumenta el tamaño del texto
"Las declaraciones del juez Serrano son una pieza más en el engranaje de la contrarreacció n posmachista. Es un movimiento que nació en los 80 y ahora está muy organizado. Se manipulan los datos de las denuncias falsas, se ataca la concesión de las custodias, se golpea la igualación activa -lo que se conoce como discriminació n positiva-, se santifica el síndrome de alienación parental y se ridiculiza el lenguaje no sexista". A quienes llevan muchos años rascando en el tuétano de la violencia de género, la polémica creada por Francisco Serrano no les deja boquiabiertos. Por ejemplo, a Miguel Lorente.

El delegado del Gobierno contra la Violencia de Género ha sido forense antes que político: "La contrarreacció n critica a los que cuestionan la posición tradicional, los que planteamos una forma distinta de ser hombre y de ser mujer. Y esa crítica es perversa, porque sabe que genera dudas en una sociedad que aún vive de la desigualdad aprendida". Es un movimiento posmachista, "porque en el fondo cree que los hombres tienen un sitio y las mujeres otro. Esta corriente niega la desigualdad histórica de la mujer. Parte de cero y eso le hace pensar que la lucha por la igualdad ataca a los hombres".

Cuando el juez Francisco Serrano habló en EL MUNDO de denuncias falsas se sumó a otras voces que han dicho lo mismo en los últimos años. Pero sus datos revolucionaron diciembre. "Lo malo es que son datos manipulados desde muchos ángulos. Ha calculado asuntos incoados, no sentencias. En incoados, un caso de maltrato puede registrarse por la denuncia policial de la mujer, la judicial, la del centro médico o incluso la de un testigo. Así, un caso son cuatro. Si, después, ese caso se sobresee, Serrano lo considera denuncia falsa y lo contabiliza como cuatro. Por tanto, se le dispara la cifra".
http://www.elmundo. es/elmundo/ 2009/12/25/ espana/126176571 4.html

El Observatorio de la Violencia de Género cierra filas en torno a su presidenta.

http://www.xornal.com/artigo/2009/12/28/sociedad/observatorio-violencia-genero-cierra-filas-torno-presidenta/2009122819372700470.html


El juez de Familia de Sevilla se ha querellado contra Inmaculada Montalbán por presuntas injurias y amenazas tras las críticas que recibió al poner en duda el espíritu de la ley contra la violencia de género


Las instituciones y entidades que integran el Observatorio contra la Violencia de Género han mostrado este lunes su apoyo y respaldo a la presidenta de la institución, Inmaculada Montalbán, tras las denuncias presentadas contra ella por el juez de Familia de Sevilla, Francisco Serrano.

El juez Serrano se ha querellado por presuntas injurias y amenazas después de las críticas que recibió al poner en duda el espíritu de la ley integral contra la violencia de género y los informes del Poder Judicial sobre su aplicación.

Las instituciones y entidades que integran el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género ha suscrito este lunes un comunicado en el que cierran filas en torno a la presidenta de la institución, Inmaculada Montalbán, frente a las denuncias por injurias y amenazas de carácter leve interpuestas contra ella por el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano.

Estas denuncias vienen motivadas por un comunicado difundido el pasado 14 de diciembre en el que Montalbán criticaba unas declaraciones previas del juez Serrano que ponían en duda el espíritu de la Ley Integral contra la violencia machista y los informes del CGPJ sobre su aplicación.

Para la presidenta del Observatorio, la postura del magistrado de Sevilla carecía "de rigor y fundamento alguno" y denotaba "falta de conocimiento de las estadísticas judiciales y de las características del maltrato a la mujer".

Ahora, la institución dice compartir "en su totalidad" el contenido de aquel comunicado porque "no hace sino trasladar a la sociedad el reconocimiento institucional hacia el enorme esfuerzo y dedicación que los jueces españoles, en su conjunto, realizan en la erradicación de una lacra social como la violencia de género".

"El Observatorio contra la violencia doméstica y de género quiere incidir, una vez más, en la necesidad del trabajo conjunto de las instituciones del Estado y en la concienciación social como elementos claves para luchar contra este tipo de violencia, que degrada a la sociedad y aniquila los principios de libertad e igualdad", explicó la entidad.

Esta institución fue creada en el año 2002 y tiene por objetivo "abordar el tratamiento de estas violencias desde la Administración de Justicia". Está integrado actualmente por el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Igualdad, la Fiscalía General del Estado, las CCAA con competencias transferidas en Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española.

El Congreso de los Diputados protegerá a los/as hijos/as víctimas de violencia machista

"El informe de conclusiones de la Subcomisión del Congreso sobre violencia machista, que ha sido aprobado hoy con el apoyo del PSOE, PP, CiU y BNG:

Los grupos demandan que la orden de alejamiento que se conceda a la madre se extienda a los hijos y que los padres que tengan una condena firme por violencia machista pierdan la custodia de los menores y la patria potestad. Además, solicitan que no se aplique la mediación familiar en los casos en los que haya existido violencia de género.En el informe se pide que no se acepte el Síndrome de Alineación Parental (SAP), ni la aplicación de su terapia, por parte de los tribunales de justicia ni y de los organismos públicos.

El informe pretende también acabar con algunos estereotipos que pesan sobre la violencia machista.

Señalan que no hay más denuncias falsas en este tipo de delitos que en cualquier otro. Además, consideran un error que los jueces tengan en cuenta el llamado síndrome de alineación parental. Es decir, que obliguen a las madres a entregar a sus hijos a los padres en contra de la voluntad de los pequeños. Detrás se estas negativas de los niños suele haber casos de maltrato y no una actitud de persuasiva de la mujer.

 
AMPL.- El Congreso pide que alcohol y drogas se consideren ...
ecodiario - Spain
En el informe se pide que no se acepte el Síndrome de Alineación Parental (SAP), ni la aplicación de su terapia, por parte de los tribunales de justicia ni ...
El alcohol y las drogas no será un eximente para los maltratadores
TeleCinco - Spain
Además, consideran un error que los jueces tengan en cuenta el llamado síndrome de alineación parental. Es decir, que obliguen a las madres a entregar a sus ...
Alcohol y drogas, de atenuantes a agravantes
Cadena Ser - Madrid,Madrid,Spain
... por ley los puntos de encuentro; que no se reconozca el Síndrome de Alineación Parental y que la orden de protección se haga extensiva a los menores.

Alerta de Blogs de Google para: sindrome alienacion parental
El Congreso pide que alcohol y drogas sean agravante en casos de ...
En el informe se pide que no se acepte el Síndrome de Alineación Parental (SAP), ni la aplicación de su terapia, por parte de los tribunales de justicia ni y de los organismos públicos. Sin embargo, el PSOE ha retirado del texto de las ...
Europa Press - Nacional - http://www.europapress.es/nacional/

Un estudio del CGPJ rompe el mito de las denuncias falsas por violencia de género

 

  • Sólo una de 530 resoluciones judiciales analizadas podía considerarse como tal
  • El estudio versa sobre los cuatro años de aplicación de la Ley Integral de Violencia de Género
  • El 84,91% de las sentencias son condenatorias y la pena que se aplica es casi siempre prisión
  • El CGPJ denuncia la desprotección de la víctima por la dispensa a declarar que contempla la Ley

 

RTVE.ES MADRID 13.10.2009Un estudio elaborado por el Grupo de Expertos y Expertas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha "roto con el mito" de las denuncias falsas por violencia de género pues sólo una de 530 resoluciones judiciales analizadas podía considerarse como tal, según ha informado el órgano de gobierno de los jueces.

El estudio, que versa sobre los cuatro años de vigencia de la Ley Integral contra la Violencia de Género, recoge que de esas 530 sentencias, bien en fase de apelación o en ejuiciamiento, el 84,91% son condenatorias.

De estas sentencias condenatorias, el 59,33% (267 resoluciones) son por maltrato, el 21,78% (98) son por delitos de amenazas leves; y el 10,22% (46 sentencias) son por quebrantamiento de pena o medida cautelar o seguridad. Además, también se concluye que el delito de violencia habitual, "sigue siendo de aplicación residual", con sólo un 6,22% de sentencias.

De las sentencias absolutorias en materia de violencia de género, "una buena parte" se producen por dispensa de declarar de la víctima, que recoge el artículo 416 de la Ley de Enjuciamiento Criminal, que el CGPJ recuerda que data de 1882. 

En este sentido, el CGPJ denuncia las "importantes distorsiones" que genera esta dispensa, ya que este tipo de delitos se cometen normalmente en la intimidad y, por ello, "la declaración de la víctima adquiere una especial relevancia". Así, a juicio del Consejo, la redacción de este precepto "aproxima estos delitos a la consideración de delitos privados e inciden en la desprotección de las víctimas que se niegan a declarar".

En 148 sentencias se ha valorado la declaración de la víctima como prueba de cargo, aunque en 114 de ellas concurren otros testigos o pruebas que acreditan esa declaración.

En el resto, es decir, en 34 casos, la declaración de la víctima ha sido la única prueba practicada. De estos últimos, en 14 su testimonio sirve para condenar al agresor, en 11 se le absuelve y en los 9 restantes se valoran otros aspectos.

La pena de prisión, la imposición generalizada

En el estudio actual se ha constatado que, aunque para este tipo de delitos se puede aplicar, alternativamente, la pena de prisión o la de trabajos en beneficios de la comunidad, la primera resulta de imposición generalizada. Así, se han dictado un total de 388 penas de prisión y 28 de trabajos en beneficio de la comunidad.

Las sentencias analizadas han revelado, además, la escasa incidencia de las circunstancias en la ejecución de actos de violencia contra las mujeres: en 21 sentencias se ha estimado la influencia del consumo de alcohol o drogas y en 4 la afectación de alteración psíquica.

Por el contrario, la circunstancia agravante aplicada en más ocasiones en las resoluciones condenatorias objeto de estudio es la de reincidencia (21 sentencias), seguida de la de parentesco (13 sentencias).

El citado estudio ha confirmado que se asienta la terminología de "género" en las resoluciones judiciales, aunque en muchas resoluciones se aprecia una pluralidad de conceptos para referirse a un mismo tipo delictivo: delito de violencia de género, delito de violencia contra la mujer, delito de violencia doméstica y delito de maltrato, según la información del CGPJ

El PSOE dice no al SAP y propone que se rechace la teoría y su Terapia de la Amenaza, también en los PEFs

Madrid, 3 de noviembre de 2009 (EFE).

El grupo socialista propone la formación obligatoria de jueces para ejercer en los tribunales de violencia machista y que la condena firme por maltrato conlleve la pérdida de la custodia de menores para el agresor y la privación de patria potestad.

 
El portavoz del PSOE en el Congreso, José Antonio Alonso. EFE/Archivo

También aboga por la puesta en marcha de alarmas en los juzgados para informar a las víctimas de cualquier decisión que afecte a su seguridad, tanto permisos carcelarios de su agresor como concesiones de tercer grado.

Estas propuestas vienen recogidas en el borrador de informe para el estudio del funcionamiento de la ley integral contra la violencia de género, elaborado y entregado hoy por el PSOE al resto de grupos en la subcomisión para el estudio del funcionamiento de dicha ley.

Ahora, las demás fuerzas políticas podrán sumar sus sugerencias a dicho texto -algunas ya están recogidas-, y el próximo día 10 se debatirá en la subcomisión para su posterior ratificación en la Comisión de Igualdad del Congreso, el día 17.

El borrador informe, al que ha tenido acceso EFE, recomienda la inclusión del tratamiento de los agresores en la imposición de las penas, aunque no entren en prisión, y la consideración por los jueces de la suspensión y sustitución de la pena vinculada a los programas de reinserción con aprovechamiento.

Apuesta, además, por avanzar en la protección de los hijos que conviven con una situación de maltrato, de modo que en el momento de admitirse a trámite la denuncia se proceda a la suspensión cautelar del régimen de comunicación y visitas de los hijos con el padre.

En el mismo sentido, se propone que la orden de protección sea extensiva a los menores, concediéndoles como a su madre una orden de alejamiento; y la no aceptación del Síndrome de Alienación Parental y la aplicación de su terapia.

En cuanto a la mejora de la organización judicial contra la violencia de género, el informe pide mejorar la coordinación entre los juzgados de violencia y Policía y Guardia Civil, y la creación de juzgados exclusivos comarcales de violencia machista.

Otra de las medidas aboga por la formación obligatoria de jueces y magistrados para prestar servicio en los juzgados de violencia contra la mujer, lo que conllevará la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

También se recomienda la implantación de unidades de valoración forense integral en todo el territorio en cada uno de los Institudos de Medicina Legal, previsto en la ley integral de violencia de género, pero que todavía no se ha aplicado con carácter general.

Incluir la asistencia psicológica previa a la denuncia en la cartera de servicios de la Seguridad Social y flexibilizar los requisitos para acceder al Fondo de Garantía de Alimentos para hacer frente al impago de pensiones son otras de las recomendaciones del informe.

El Síndic insta a los PEF a no usar el Síndrome de Alineación Parental por ir contra la Ley de Violencia de Género

http://ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/1659967/10/09/El-Sindic-insta-a-los-PEF-a-no-usar-el-Sindrome-de-Alineacion-Parental-por-ir-contra-la-Ley-de-Violencia-de-Genero.html

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, sugiere a los profesionales que trabajan en los Puntos de Encuentro Familiar (PEF) no utilizar el Síndrome de Alineación Parental, al no estar reconocido ni avalado por ninguna asociación profesional ni científica.

VALENCIA, 31 (EUROPA PRESS)

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, sugiere a los profesionales que trabajan en los Puntos de Encuentro Familiar (PEF) no utilizar el Síndrome de Alineación Parental, al no estar reconocido ni avalado por ninguna asociación profesional ni científica.

Asimismo, entiende que su utilización es "contraria al espíritu de la Ley contra la Violencia de Género y, sobre todo, a la consideración y prudencia que requieren los menores de sus reacciones emocionales, sobre todo, si han padecido la vivencia de violencia familiar y, en este sentido, la extrema atención a la Declaración Universal de los Derechos de la Infancia".

El Defensor del Pueblo de la Comunitat hace esta sugerencia, con fecha 27 de octubre, tras una queja formulada por una madre en la que relataba una serie de "irregularidades" en el Punto de Encuentro Familiar de Gandia (Valencia) con respecto a ella y a sus dos hijos menores de edad.

Tras esta queja, el Síndic, quien solicitó informe a la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, destaca que los PEF "deben de proteger y velar por la seguridad de los menores que tiene bajo su responsabilidad".

Asimismo, en el escrito, consultado por Europa Press, la institución recuerda que el denominado Síndrome de Alienación Parental "no es una categoría clínica, ni médica, ni psicológica" sino que debe entenderse como "descripción de una situación caracterizada por una serie de síntomas y conductas".

En este sentido, Cholbi indica que en los casos en que se aprecie problemas de relación y rechazo de los hijos hacia el padre, "la primera aproximación desde un punto de vista científico debe ser descartar situaciones de violencia y abordarlos como un problema de adaptación o de relación del menor o de su entorno familiar y no como patología".

Así, entiende que en algunos casos el rechazo de los menores al progenitor se debe a que ha existido previamente violencia doméstica y que, por lo tanto, "en modo alguno puede ser aplicable el ’diagnóstico’ --no científico-- llamado Síndrome de Alineación Parental para argumentar el rechazo a un padre no custodio".

Del mismo modo, el Síndic de Greuges insta a "crear la confianza suficiente" en los PEF para que estos centros "no se conviertan, si cabe más, para los usuarios, en un lugar de mayor sufrimiento e incomprensión del que ya tiene por razones de conflictividad familiar".

Por todo ello, la institución sugiere que los profesionales de los PEF no utilicen el denominado Síndrome de Alineación Parental "al no estar avalado por los organismos internacionales correspondientes".

Magistrada del CGPJ denuncia que el supuesto Síndrome de Alienación Parental impide aplicar la Ley de violencia machista

http://www.europapress.es/epsocial/ong-y-asociaciones/noticia-magistrada-cgpj-denuncia-supuesto-sindrome-alienacion-parental-impide-aplicar-ley-violencia-machista-20091022150714.html

MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

    La magistrada jefa del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General de poder Judicial (CGPJ), Paloma Marín, alertó hoy de la resistencia de varios tribunales para aplicar la Ley Integral contra la violencia machista al tener en cuenta el  supuesto síndrome de alienación parental (SUP), que "carece de rigor científico". A su juicio, esta consideración por parte de los tribunales "refleja el mandato subliminal de reducir las denuncias por parte de las mujeres".

   Este síndrome surge en el marco de los litigios para la guardia y custodia de los hijos, y pretende justificar que los menores mienten en contra del progenitor, manipulados por sus madre, según explicó la magistrada durante su intervención en el III Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.

   Tomando como base 200 sentencias judiciales, Marín destapó que este supuesto SAP aparece como un instrumento creado para la "estigmatización de la mujer", y que "sirve para enfrentar normas que permitan un avance en el disfrute de los derechos de las mujeres".  Este síndrome está presente en un 77% de la jurisdicción civil estudiada y en un 23 por ciento de la penal.

   Asimismo, la magistrada señaló que en varias de estas sentencias se afirma la conveniencia del SAP en el caso enjuiciado, e incorporan la mención del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), como si éste se hubiera pronunciado sobre su contenido, sentido o base científica. "El TEDH sólo recoge este síndrome no en su pronunciamiento sino al citar las alegaciones de una de las partes", aclaró.

   Por otra parte, Marín reveló que entre los fallos estudiados, en dos de los dictados por audiencias provinciales aparece la creación de otro síndrome, que "emparenta" con el supuesto SAP, y que tiene un origen "misógino" en la propia formulación, como es el ’síndrome de la madre maliciosa’.

   En cuanto a la forma en que el síndrome de alienación parental tiene su entrada en las resoluciones judiciales, la magistrada explicó que se produce bien a través de informes, bien por directo posicionamiento del tribunal, o bien por alegaciones de las partes -por la asistencia letrada del padre y  también "se empieza a ver más" por la asistencia de la madre--.

   No obstante, señaló que las mayoría de las resoluciones que mencionan el SAP "asumen su supuesta existencia". En este sentido, aseguró que algunos fallos no cuestionan su existencia como síndrome y que, por tanto, se adoptan decisiones con fundamento no en hechos ciertos o contrastados, lo que, a su juicio, "resultaría impensable en otros ámbitos del Derecho".

Actúa. Suma tu firma de apoyo a María Salmerón

El Caso de María Salmerón:

www.mujereslobby.org


En esta web de la PLATAFORMA ANDALUZA DE APOYO AL LOBBY EUROPEO DE MUJERES encontraréis una carta y una recogida de firmas para modificar la ley con el fin de que ningún maltratador o presunto maltratador pueda obtener la custodia de sus hijos/as.

La carta muestra su apoyo a MARÍA que HA PERDIDO LA CUSTODIA DE SU HIJA DESPUÉS DE QUE SU EX PAREJA LA ACUSARA DE MANIPULAR A LA NIÑA EN SU CONTRA PORQUE ÉSTA SE NEGABA A IRSE CON ÉL DURANTE EL RÉGIMEN DE VISITAS.

Es muy común que los maltratadores o abusadores tras la separación inicien un acoso psicológico, emocional y económico hacia su ex mujer utilizando la denuncias judiciales con el pretexto de ejercer una supuesta paternidad. Su objetivo real es mantener el control sobre ella permaneciendo en su vida de este modo tan terrorífico
.

Actúa con tu firma de apoyo en: www.mujereslobby.org

"Te pedimos por favor que leas y apoyes el documento adjunto si así lo consideras. Cuantas más seamos más fuerza social tendremos para construir un mundo más justo.

Remite tu apoyo, indicando tu  nombre y apellidos, DNI o la entidad a la que representas a":

plataforma@mujereslobby.org

 
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